Empleadas de hogar

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A la hora de contratar una empleada de hogar tenemos dos opciones:

  • Contratar a una empresa con plantilla de servicios domésticos.
  • Contratar a una empleada de hogar por nuestra cuenta.

 

Contratar a una empresa 

Los empleados de una empresa de limpieza están formados y capacitados para realizar todo tipo de actividades. Limpieza general, limpieza de suelos y limpieza de cristales… muchas son las tareas sobre las que están especializados y cuentan con una amplia experiencia.

La empresa se encargará de todo lo relativo a la limpieza del domicilio. Además, cuenta con unos horarios flexibles y un calendario para que haya una regularidad y control sobre este tipo de servicios.

 La empresa cuenta con el personal suficiente para cubrir todo tipo de sustituciones (vacaciones, bajas…). De esta manera, el cliente no se tendrá que preocupar de estar buscando un sustituto cuando la trabajadora no pueda acudir a su puesto de trabajo.

Hacer siempre un presupuesto previo adaptándose a las necesidades de cada cliente teniendo en cuenta las dimensiones de su vivienda. De este modo, los servicios de limpieza se ajustarán a cada cliente con el objetivo de satisfacer cada uno de sus requisitos.

Es imprescindible la supervisión por parte de la empresa en los servicios de limpieza. Hacer llamadas cada cierto tiempo para mantener el contacto con los clientes con el objetivo de consolidar todos los aspectos de limpieza, así como las posibles mejoras que se han de hacer en el servicio.

 

Contratar por nuestra cuenta

Si por diversos motivos necesitas a una empleada en jornadas más largas (8-10 horas semanales), la opción de contratar una empleada de hogar es la más rentable.

Primero, porque a través del Régimen Especial de Empleados de Hogar, la cotización a la Seguridad Social es muy inferior, y al no existir relación con un ente jurídico, no se paga el Impuesto del Valor Añadido (IVA). Es decir, que, al tratarse de un número elevado de horas, el coste diferencial entre las dos vías se incrementa, siendo el sistema de contratar a tu empleado el sistema más económico.

Segundo,  que el Régimen General de la Seguridad Social al que las empresas se deben de acoger en la contratación de su plantilla, no contempla la contratación de personal que duerma en el domicilio o permanezca horas que en el régimen especial se denominan “de presencia”, es decir, que una empresa no puede contratar a una empleada interna.

Además a través de la empresa te facilitamos todo este proceso con los siguientes servicios:

  • Nos encargamos de buscar al candidato idóneo en función de tus necesidades.
  •  Realizar todos los trámites de contratación y alta en la Seguridad Social en su nombre.
  • Te asesoramos en todo lo relativo a la relación laboral.
  • Presentamos a un sustituto en caso de vacaciones o baja de su empleado y realizamos los trámites correspondientes ante las administraciones. También en caso de que el candidato no cumpliera sus expectativas.
  • Elaboramos la nómina mensual del empleado.

 

Si estás pensando en contratar a tu empleada de hogar por horas, no lo dudes y contacta con nosotros 868050711  te daremos toda la información sin compromiso.

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